
Capítulo 2
Francisco de Vitoria
El fraile que inventó el derecho internacional desde un aula de Salamanca
En enero de 1539, en una sala de la Universidad de Salamanca, un fraile dominico de salud frágil pronunció una lección magistral ante cientos de estudiantes y catedráticos. Lo que dijo aquel día cambió para siempre la relación entre los pueblos del mundo: que los indios de América eran dueños legítimos de sus tierras, que ningún papa ni emperador podía despojarles de ellas, que todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y derechos, y que las relaciones entre naciones deben regirse por leyes que están por encima de cualquier rey. Estaba inventando el derecho internacional. Se llamaba Francisco de Vitoria. No publicó ni una sola línea en vida. Un siglo después, el holandés Hugo Grocio reformuló sus ideas, las publicó en varias lenguas y se llevó el título de “padre del derecho internacional.” Las Relecciones de Vitoria no se tradujeron del latín al español hasta 1925. Cuatro siglos de retraso.
El mundo en 1539
España dominaba medio mundo y no sabía qué hacer con él. La conquista de América había planteado preguntas morales, jurídicas y teológicas que nadie había tenido que responder antes: ¿con qué derecho se conquistan otros pueblos? ¿Los indios son seres humanos con derechos? ¿Puede un rey cristiano arrebatarles sus tierras? ¿Es legítima la guerra contra quien no te ha atacado?
Carlos V, emperador del Sacro Imperio y rey de España, se enfrentaba a una contradicción brutal: su imperio se estaba construyendo sobre la conquista de pueblos que no le habían hecho nada, y había frailes, teólogos y juristas dentro de su propio reino que le decían que eso era injusto. España era, paradójicamente, el único imperio de la historia que cuestionó la legitimidad moral de su propia expansión mientras la estaba llevando a cabo.
El epicentro de ese debate era la Universidad de Salamanca, la más prestigiosa de la Península y una de las mayores de Europa. Y la voz más influyente dentro de esa universidad era un fraile burgalés al que consultaba el propio emperador.
El hombre antes de la hazaña
Francisco de Vitoria nació hacia 1483 en Burgos, en una familia de la nobleza, aunque investigaciones recientes sugieren ascendencia conversa por línea materna. Ingresó en la Orden de los Dominicos en 1504, en el convento de San Pablo de Burgos, donde recibió su primera formación humanística.
Fue enviado a París, al Estudio General dominicano de Santiago, incorporado a la universidad, donde pasó quince años: primero como estudiante y luego como profesor. En París absorbió tres corrientes intelectuales que marcarían todo su pensamiento: el humanismo erasmista, el nominalismo y, sobre todo, el tomismo — la filosofía de Santo Tomás de Aquino, que sería la base de todo su sistema.
Volvió a España en 1522 y enseñó en el colegio de San Gregorio de Valladolid, donde se formaban los dominicos que iban como misioneros al Nuevo Mundo — un detalle crucial, porque significaba que Vitoria estaba en contacto directo con las noticias que llegaban de América sobre el trato a los indios.
En 1526 obtuvo la cátedra de Teología de la Universidad de Salamanca, la más prestigiosa de España. La ocuparía durante veinte años, hasta su muerte. Y desde esa cátedra, sin salir nunca de Salamanca, sin pisar jamás América, sin publicar una sola línea, cambió el mundo.
Las Relecciones: el nacimiento del derecho internacional
Vitoria enseñaba de dos maneras. Las Lecturas eran sus clases regulares, comentarios a los textos teológicos clásicos. Pero una vez al año pronunciaba una Relección: una lección magistral solemne, abierta a toda la universidad, sobre un tema de actualidad. Eran los eventos académicos más importantes del curso.
Como Sócrates, Vitoria no escribía. Sus ideas nos han llegado a través de los apuntes de sus alumnos, recopilados y publicados póstumamente como Relecciones Teológicas.
Las más importantes son las dos De Indis (“Sobre los indios”), pronunciadas en enero y junio de 1539. Lo que dijo en ellas fue revolucionario.
Los indios son dueños legítimos de sus tierras
Vitoria afirmó categóricamente que los pueblos indígenas de América tenían “verdadero dominio” sobre sus tierras y bienes, tanto público como privado, exactamente igual que los cristianos. No podían ser despojados de su propiedad por el hecho de ser infieles, paganos o “bárbaros.”
En sus palabras: “Los aborígenes tenían indudablemente verdadero dominio, tanto público como privado, de la misma manera que los cristianos, y no podían ser despojados de sus propiedades por el hecho de no ser verdaderos dueños.”
En el siglo XVI, un fraile español decía que los indios tenían los mismos derechos de propiedad que los europeos. Eso era dinamita intelectual.
Ni el Papa ni el emperador pueden dar lo que no es suyo
Vitoria desmontó los dos argumentos jurídicos sobre los que se sustentaba la conquista. Primero: que el Papa, como vicario de Cristo, tenía autoridad sobre todos los pueblos de la Tierra y podía conceder tierras a los reyes cristianos. Vitoria lo negó: el Papa tiene autoridad espiritual, no temporal, y no puede disponer de las tierras de pueblos que no le reconocen como autoridad. Segundo: que el emperador, como señor universal, tenía jurisdicción sobre todo el orbe. Vitoria lo negó también: ningún poder terrenal tiene jurisdicción sobre pueblos que no han consentido en someterse.
Estaba diciendo que las bulas papales que habían repartido el Nuevo Mundo entre España y Portugal no tenían validez jurídica. Y lo decía en la universidad más importante de España, ante estudiantes que iban a ser misioneros y funcionarios en América.
Todos los hombres nacen iguales
Vitoria estableció que todos los seres humanos, por el hecho de ser creados a imagen y semejanza de Dios, nacen iguales en dignidad. Ningún hombre es por naturaleza esclavo de otro. Negó explícitamente que los indios pudieran ser considerados “esclavos por naturaleza” en el sentido aristotélico — una teoría que algunos usaban para justificar la conquista.
El derecho de gentes
A partir del concepto romano de ius gentium, Vitoria construyó un sistema de relaciones entre naciones basado en el derecho natural. Estableció que las naciones son entre sí como individuos: tienen derechos y obligaciones mutuos. Formuló el derecho a la libre circulación, al comercio sin discriminación, a no ser agredido sin causa justa. Reguló el derecho a la guerra, estableciendo cuándo es legítima y cuándo no, y qué límites debe respetar incluso el vencedor.
Formuló incluso un embrión del derecho de intervención humanitaria: si un pueblo practica sacrificios humanos o canibalismo, es legítimo intervenir para proteger a las víctimas inocentes.
Todo esto, en 1539. Cien años antes de Hugo Grocio.
La Escuela de Salamanca
Vitoria no trabajó solo. Su magisterio creó una escuela de pensamiento que continuaron sus discípulos y sucesores: Domingo de Soto, Melchor Cano, Francisco Suárez, Luis de Molina, entre otros. La llamada Escuela de Salamanca no solo sentó las bases del derecho internacional, sino que hizo contribuciones fundamentales a la economía (la teoría cuantitativa del dinero, las bases de la economía de mercado), la filosofía política (la soberanía popular, la legitimidad del poder) y la ética.
El jurista canadiense James Brown Scott, presidente del Instituto de Derecho Internacional a principios del siglo XX, dedicó años a estudiar la Escuela de Salamanca y concluyó que Francisco de Vitoria y Francisco Suárez fueron los verdaderos fundadores del derecho internacional moderno, y que Hugo Grocio fue su continuador, no su creador.
Grocio: el Descartes del derecho
La historia de Vitoria y Grocio es un calco exacto de la de Gómez Pereira y Descartes.
Hugo Grocio (1583-1645), jurista holandés, publicó en 1625 su De iure belli ac pacis (“Sobre el derecho de la guerra y la paz”), donde formuló un sistema de derecho internacional basado en el derecho natural. La obra, escrita en varias lenguas europeas y ampliamente difundida, le valió el título universal de “padre del derecho internacional.”
Pero Grocio conocía perfectamente la obra de la Escuela de Salamanca. No solo la conocía: la citaba. El historiador Koskenniemi ha señalado que Grocio “adaptó el vocabulario del derecho natural desarrollado por la Escuela de Salamanca y sus sucesores en una teoría secular de sociabilidad.” Es decir, tomó las ideas de Vitoria, les quitó la teología y las presentó como propias.
Lo que Grocio hizo fue secularizar y sistematizar lo que Vitoria había formulado desde la teología. Es un mérito real e importante. Pero la materia prima intelectual era española.
Y aquí está el dato demoledor: las Relecciones de Vitoria, escritas en latín, no fueron traducidas al español hasta 1925. Grocio, en cambio, fue publicado en múltiples lenguas europeas desde el siglo XVII. Quien controla la difusión, controla la narrativa.
El final
Carlos V consultaba a Vitoria personalmente y asistió a una de sus clases durante una visita a Salamanca en 1539. Le invitó a participar en el Concilio de Trento, pero Vitoria, de salud siempre frágil, no pudo asistir.
Murió en Salamanca el 12 de agosto de 1546, a los 63 años, sin haber publicado nada. Su legado sobrevivió en los apuntes de sus alumnos, en las Relecciones que se imprimieron póstumamente a partir de 1557, y en la escuela de pensamiento que fundó.
Por qué no lo conoces
Grocio se llevó el título. Exactamente como Descartes con Gómez Pereira. Un europeo del norte reformuló en lengua accesible lo que un español había formulado en latín teológico, y el mundo se quedó con el segundo. Grocio es el “padre del derecho internacional” en todos los manuales. Vitoria, cuando aparece, es un “precursor.”
No publicó nada. Vitoria fue un Sócrates: enseñaba de viva voz. Sus obras son apuntes de clase recopilados por otros. Eso les resta visibilidad frente a los tratados sistemáticos de Grocio, publicados en ediciones cuidadas y ampliamente distribuidas.
Escribió en latín. Y no se tradujo al español hasta 1925. Cuatro siglos en los que los propios españoles no pudieron leer en su lengua a uno de sus pensadores más importantes.
La leyenda negra. Para la narrativa dominante, España en América fue solo conquista y destrucción. Que el mayor defensor de los derechos de los indios fuera un fraile español, que el primer sistema de derecho internacional naciera en Salamanca, y que España fuera el único imperio que cuestionó la legitimidad de su propia conquista son hechos que no encajan en el relato y, por tanto, se ignoran.
Era teólogo. El mundo moderno separa tajantemente religión y razón. Que las bases del derecho internacional las pusiera un dominico del siglo XVI resulta incómodo para la mentalidad laica contemporánea. Grocio, que secularizó esas ideas, resulta más digerible.
Para cerrar: el aula
Imagina la escena. Salamanca, enero de 1539. El aula mayor de la universidad está abarrotada. Estudiantes, catedráticos, religiosos, funcionarios. Ha corrido la voz de que fray Francisco va a hablar sobre los indios — el tema más candente del momento. Se sabe que el emperador le consulta. Se sabe que lo que diga hoy puede influir en la política del Imperio.
Un fraile dominico, ya mayor, de salud quebradiza, sube a la cátedra. No tiene notas preparadas para publicar. No va a escribir un libro. Va a hablar. Y lo que va a decir es que los indios de América son dueños legítimos de sus tierras. Que ni el Papa ni el emperador pueden quitárselas. Que todos los hombres nacen iguales. Que las naciones del mundo deben regirse por leyes comunes que ningún rey puede violar.
Lo dice en latín, desde una cátedra de Castilla, ante jóvenes que irán a América a gobernar, evangelizar y juzgar. Lo dice en un imperio que se está construyendo, en parte, sobre lo contrario de lo que él afirma. Y lo dice sabiendo que el emperador le escucha.
Un fraile en un aula. Sin espada, sin barco, sin ejército. Solo con la fuerza de una idea: que todos los seres humanos son iguales ante la ley. Quinientos años después, esa idea sigue siendo el fundamento del derecho internacional. Y casi nadie sabe que nació en Salamanca.
Fuentes principales: Relecciones Teológicas (ed. póstuma, Lyon, 1557); James Brown Scott, The Spanish Origin of International Law (Oxford, 1934); Real Academia de la Historia, Diccionario Biográfico Español; Jean Dumont, El amanecer de los derechos del hombre (1997).